REPRESENTACI?N
?QUI?N PUEDE REPRESENTAR A LAS PERSONAS ANTE EL TRIBUNAL DE APELACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS?

Una persona es ¡°apelante¡± cuando interpone un recurso ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas y ¡°apelado¡± cuando contesta a un recurso de apelaci¨®n. Toda persona que tenga o pueda tener una causa ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas puede comparecer en representaci¨®n propia o solicitar representaci¨®n letrada o no letrada en dicha causa. Se alienta encarecidamente a que, antes de tomar una decisi¨®n, se consideren las ventajas que supone obtener asistencia o representaci¨®n. Las partes que cuenten con representaci¨®n deben presentar un formulario de autorizaci¨®n firmado. La secretar¨ªa del Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas dirigir¨¢ las comunicaciones oficiales ¨²nicamente a la atenci¨®n del representante.
REPRESENTACI?N PROPIA
Las personas pueden representarse a s¨ª mismas ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas, independientemente de la forma en que hubiesen estado representadas antes de las actuaciones en ese Tribunal.
REPRESENTACI?N LEGAL
OFICINA DE ASISTENCIA LETRADA AL PERSONAL (OALP):
Algunas personas incursas en un procedimiento ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas pueden solicitar a la Oficina de Asistencia Letrada al Personal que les preste asistencia letrada y las represente. Los funcionarios del Organismo de Obras P¨²blicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS), la Organizaci¨®n de Aviaci¨®n Civil Internacional (OACI), la Corte Internacional de Justicia (CIJ), la Organizaci¨®n Mar¨ªtima Internacional (OMI), la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) y la Organizaci¨®n Meteorol¨®gica Mundial (OMM) no tienen derecho a asistencia letrada de la Oficina de Asistencia Letrada al Personal, a menos que su reclamaci¨®n est¨¦ relacionada con la Caja Com¨²n de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas (CCPPNU). Los funcionarios del OOPS podr¨¢n solicitar asistencia a la Oficina de Asistencia Letrada al Personal del OOPS. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los servicios de la Oficina de Asistencia Letrada al Personal y las personas a las que presta servicio, s¨ªrvanse visitar el sitio web de dicha Oficina.
ABOGADOS PARTICULARES:
Se puede recurrir a un abogado particular externo que est¨¦ habilitado para litigar ante una jurisdicci¨®n nacional. El Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas no sufraga ni reembolsa los honorarios y gastos en que incurran las partes en la contrataci¨®n de abogados particulares externos.
REPRESENTACI?N POR FUNCIONARIOS O EXFUNCIONARIOS
Se puede estar representado ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas por un funcionario o exfuncionario, incluidos los miembros de los sindicatos del personal. No es necesario que este representante est¨¦ habilitado para litigar ante una jurisdicci¨®n nacional, como se exige a los abogados particulares externos, ni tampoco tiene que tener formaci¨®n o conocimientos jur¨ªdicos.
?QUI?N REPRESENTA AL ORGANISMO, LA ENTIDAD O LA ORGANIZACI?N ANTE EL TRIBUNAL DE APELACIONES DE LAS NACIONES UNIDAS?
El Secretario General de las Naciones Unidas, en su calidad de m¨¢s alto funcionario administrativo de las Naciones Unidas, puede ser apelante, cuando presenta un recurso ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas, y apelado, cuando contesta a un recurso de apelaci¨®n. El Asesor Jur¨ªdico de la Oficina de Asuntos Jur¨ªdicos representa al Secretario General en las causas ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas. Asimismo, el Comisionado General del OOPS act¨²a como apelante o apelado y est¨¢ representado por la oficina jur¨ªdica del OOPS. Las oficinas jur¨ªdicas de los organismos, entidades u organizaciones sobre los que tiene competencia el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas tambi¨¦n representan a sus respectivos organismos, entidades u organizaciones ante el Tribunal.
El Director General de la Caja Com¨²n de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas representa al Comit¨¦ Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas en las causas ante el Tribunal de Apelaciones de las Naciones Unidas.